G.A.L. ADECO-Camino de Santiago
El G.A.L. ADECO-Camino de Santiago se constituye en el año 91 Desde entonces ha gestionado programas LEADER, LEADER+ y PRODER.
La Asociación gestiona el programa de ayudas ( en la actualidad PRODERCAL) a través de un equipo técnico, compuesto de un gerente, un técnico y un administrativo. Asimismo, la asociación cuenta con un Responsable Administrativo Financiero (R.A.F.) que se encarga de la fiscalización de todos los documentos de los expedientes de ayuda. En el funcionamiento del G.A.L., debemos distinguir por una parte la Asociación y por otra lo que es el propio programa PRODERCAL.
La gestión del programa corresponde al equipo técnico, siempre bajo la tutela de la Junta Directiva. A continuación, vamos a comentar el funcionamiento de la Junta Directiva según sus estatutos: La “Asociación para el Desarrollo Rural de las Comarcas circundantes al Camino de Santiago”, en adelante, “ADECO- Camino”, se constituye al amparo del artículo 22 de la Constitución española y se regirá por los presentes Estatutos, así como por la ley orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de asociación, así como por cuantas disposiciones legales puedan serle de aplicación, y por las disposiciones que otorgue la Asamblea.
La Asociación se constituye como Grupo de Acción Local sin un período determinado de duración, siendo su vocación la de permanecer en el tiempo para contribuir al desarrollo comarcal de su ámbito territorial. Se constituye como una asociación sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, con capacidad de obrar plena y con total autonomía para el cumplimiento de sus fines. La Asociación ADECO- Camino tiene por objeto promover el desarrollo sostenible a nivel económico, social y cultural, persiguiendo el desarrollo integral de la zona utilizando el potencial endógeno del territorio. ADECO- Camino se propone en particular:  Ejercer la representación de la zona y hacer valer sus intereses ante las distintas administraciones e instituciones tanto públicas como privadas nacionales e internacionales que por algún concepto pudieran estar relacionadas con el desarrollo rural.
- Recabar de los poderes públicos a los diferentes niveles la implantación de fórmulas y cauces adecuados de tutela y apoyo económico para las actividades de desarrollo comunitario, de animación socio económica y en general para las encaminadas a mejorar la calidad de vida de la población.
- Promover la firma de convenios, desarrollo y ejecución de programas de diversa naturaleza.
- Difundir sus principios y dar a conocer sus actividades ante los habitantes del territorio que abarca, así como de la opinión pública en general. Los fines de esta Asociación son vinculantes para la misma, constituyendo su fundamento y justificación y siendo necesaria la reforma de estos Estatutos para su modificación. Son los nombrados a continuación:
1. Constituir la Asociación como un verdadero motor de la dinamización de la zona, coordinando las distintas iniciativas de los agentes sociales.
2. Generar sensación de comarca y reunir a los interesados en promover actuaciones en beneficio de la misma, aprovechando sus recursos.
3. Mantener y mejorar el nivel demográfico, facilitando nuevos asentamientos en concordancia con las Administraciones competentes
4. Atender a la conservación y restauración del patrimonio natural y cultural.
5. Promover la adecuación de las estructuras necesarias para mejorar las condiciones de vida.
6. Fomentar la incorporación de la población a la sociedad de la información y a las nuevas tecnologías.
7. Impulsar las actividades culturales, ambientales, científicas, de investigación, de restauración y en defensa del patrimonio que surjan en la zona.
8. Apoyar decididamente la constitución de nuevas asociaciones en interés de la comarca.
9. Promover una mejor imagen de la agricultura, suscitando nuevas actividades complementarias y proponer alternativas para efectuar dicha diversificación.
10. Participar en cuantos programas, planes o instrumentos similares se realicen en el ámbito territorial de actuación de ADECO- Camino.
11. Favorecer el intercambio de experiencias semejantes entre comunidades rurales propiciando acciones comunes en el marco de la comunidad autónoma de Castilla y León, en el ámbito de España y en el de la Unión Europea.
12. Promover la instalación de formas alternativas de desarrollo, prestando especial atención al fomento de la igualdad de oportunidades de todos los colectivos e incidiendo en los yacimientos de empleo.
13. Promover entre la sociedad un mayor conocimiento y valoración de la forma de vida rural.
14. Otros de similares características cuyo objeto y nexo de unión sea el desarrollo rural.
La Asociación podrá sostener y emprender todas aquellas medidas o actividades que estime necesarias para el cumplimiento de sus fines poniendo especial énfasis en :
- La valoración de su patrimonio natural
- La Recuperación y mantenimiento de su patrimonio arquitectónic
- La valoración de los productos endógenos y muy especialmente de la artesanía.
- La puesta en valor de cuantos productos o servicios se generen en la zona
- La formación e información de sus recursos humanos
- El apoyo a las inversiones de los pequeños promotores
- La incorporación a las nuevas tecnologías.
- Y otras de similares características que se consideren necesarias con el desarrollo rural.
Se constituyen como Óganos de Gobierno democrático, y de representación de ADECO- Camino los mencionados a continuación:
- La Asamblea General
- La Junta Directiva
- El Presidente
ADECO – Camino podrá promover la creación de Comisiones de estudio sectoriales para temas concretos, la existencia y composición de dichas comisiones se aprobará por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva y/o el Presidente.
a) La soberanía de la Asociación corresponde a la Asamblea General. Todos los socios podrán participar en sus reuniones y ejercitar los derechos que les son inherentes de acuerdo con los presentes Estatutos. La actuación de la Asamblea General se regirá por los principios democráticos y se ajustará a la Constitución española y al vigente Ordenamiento jurídico.
b) La Junta Directiva es el órgano rector de la Asociación y el encargado del gobierno, gestión y administración y tiene obligación de rendir cuentas de su actuación ante la Asamblea General. La Junta Directiva es la encargada de poner en práctica las directrices fijadas por la Asamblea General de la Asociación y tendrá las facultades establecidas en los presentes Estatutos.
La Junta Directiva estará compuesta por un número mínimo de 8 personas y un número máximo de 20 socios, siendo susceptible de ser ampliada a propuesta del Presidente, sin que ello suponga una modificación a los presentes Estatutos. Para ser miembro de la Junta Directiva es condición “sine qua non†ser socio y estar al corriente en el pago de las cuotas. La Junta Directiva podrá verse apoyada por una comisión Permanente que se creará a instancia del Presidente y que estará compuesta por el Presidente, el Vicepresidente, el Tesorero, el Secretario y de dos a cuatro vocales La Junta Directiva estará compuesta por el Presidente, el Vicepresidente, el Tesorero, el Secretario y un número de vocales no menor de cuatro ni mayor de dieciséis. El mandato de la Junta Directiva tendrá una duración de dos años. Para formar parte de la Junta Directiva es necesario ostentar la condición de socio con al menos un año de antigüedad. El Presidente podrá dispensar dicho requisito de antigüedad en casos excepcionales.
Será condición necesaria para pertenecer a la Junta Directiva tener arraigo demostrado o intereses en el territorio ADECO – Camino. La Junta Directiva estará compuesta por todos los sectores que integran la Asociación de forma que no se excedan unos porcentajes determinados que serán los siguientes:
- Un máximo de 40% de entidades locales
- Un máximo de 30% de empresarios individuales y colectivos ( incluyendo cooperativas)
- Un máximo de 15% de asociaciones de la zona  Un máximo de un 10% de socios individuales
- Un 5% de otros colectivos no mencionados en los anteriores apartados.
Las funciones representadas por los miembros de la Junta Directiva serán desempeñadas de forma gratuita se indemnizarán los gastos habidos en ejercicio de aquellas de las funciones. Los acuerdos de la Junta Directiva se tomarán por mayoría de los miembros asistentes a la misma..
Para los miembros de la Junta Directiva, tres faltas de asistencia sin justificar a las reuniones convocadas podrán ser causa de cese de dicho Órgano Directivo, conservando la condición de socio de ADECO-Camino.
Funcionamiento del equipo técnico para la gestión del programa
El equipo técnico es el encargado de la gestión del programa de ayudas. En nuestro caso está compuesto por Gerente, Técnico de desarrollo y administrativo. Esta estructura podrá variar en función de las necesidades de los grupos. Asimismo, se podrá contratar a profesionales en materias específicas para las funciones que escapan al equipo técnico ( arquitectos, peritos…), teniéndolos en nómina ó bien mediante asistencias técnicas puntuales, como es en nuestro caso. El encargado de velar por el cumplimiento de la legalidad de los procedimientos llevados a cabo es el Responsable Administrativo Financiero (R.A.F.). Esta figura corresponde a una entidad local, personificada en la persona de su secretario, siendo esta entidad responsable de la actuación del R.A.F. Vamos a explicar a continuación el funcionamiento a nivel de tramitación de expedientes. En este punto vamos a diferenciar entre proyectos en los que el grupo actúa como beneficiario de los que no lo es. Inicialmente hablaremos del segundo caso: Cualquier persona física ó jurídica legalmente constituida puede ser beneficiario de una ayuda dentro del PRODERCAL.
El trámite de la misma comienza con la formalización de una SOLICITUD que aparte de los datos de identificación básicos debe contener un presupuesto de la inversión a realizar así como una memoria detallada de la misma. Aparte de la misma, el beneficiario debe firmar un impreso de declaración de ayudas y compromisos, informando en este de más ayudas solicitadas ó concedidas para el mismo proyecto de inversión y en el que se compromete a poner a disposición toda la información que se le requiera y a mantener el destino de la inversión al menos durante 5 años. Una vez presentada la solicitud, el equipo técnico debe personarse comprobar que la iniciativa no se ha comenzado ó realizado para realizar un ACTA DE NO INICIO.
Una vez hecho esto, se prepara un informe técnico de subvencionalidad, firmado por el presidente ó el gerente que, acompañado de la copia de la solicitud y del acta de no inicio, se presenta al Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León para que esta dicte un dictamen positivo ó negativo de subvencionalidad. Mediante este proceso, la Comunidad Autónoma comprueba que la inversión se ajusta al Régimen de Ayudas y, de no ser así, puede denegar la subvencionalidad ó bien establecer limitaciones a la misma, sacando del presupuesto subvencionable las partidas que no se ajústen al Régimen de Ayudas. Una vez obtenido el visto bueno, el equipo técnico deberá elaborar el llamado Informe Técnico de cada inversión, en el que se detallan todos los aspectos del proyecto, desde el apartado del régimen de ayudas al que pertenece hasta el porcentaje de ayuda propuesto, siguiendo los criterios de baremación. establecidos en el procedimiento de gestión y aprobados por la Asamblea. Este informe deberá ir firmado por el secretario de la asociación ( no el R.A.F.) y por el gerente. Los informes se presentan a la Junta Directiva, que se reúne de manera trimestral para tratar todos los proyectos tramitados en ese período de tiempo. La Junta Directiva aprobará ó denegará los proyectos siempre que se ajusten a los criterios establecidos. Respecto a los proyectos no subvencionables, la Junta Directiva los analiza y comunica la denegación al beneficiario, que siempre contará con pie de recurso. Una vez aprobados los proyectos, se deberá comunicar a los beneficiarios. En esta comunicación, se informará a los mismos de los requisitos que deben cumplir a esa fecha para seguir con los trámites. Esto tiene que ver desde las licencias pertinentes en el caso de obras ó iniciativas productivas, acreditar la propiedad del lugar donde se ubique el proyecto, en su caso, ó de los bienes sobre los que se actúe, acreditación de la representación cuando se actúa en nombre de una entidad…. Junto a la comunicación de la ayuda se acompaña de un impreso de aceptación de ayudas que también deberá remitir al grupo.
Una vez completada toda la documentación requerida, se pone el expediente a disposición del R.A.F., que mediante el un documento de fiscalización firmado por él da fe de que el expediente cumple todos los requisitos exigibles. Una vez fiscalizado favorablemente, se imprime por duplicado el contrato, se firma por el presidente y se remite al beneficiario, que se quedará una copia y devuelve la otra firmada. A partir de ahí, nos queda la fase de certificación del proyecto, para la que se requiere que la inversión esté realizada y pagada en su totalidad, la creación de empleo exigible en iniciativas productivas, licencias de apertura en su caso, alta en el I.A.E correspondiente. Los pagos aceptados son transferencias bancarias, en las que quede claro el pagador, que sólo puede ser el beneficiario de la ayuda, y el receptor, que debe ser quien emite la factura. Se aceptan pagos en metálico para importes menores de 300,00 euros, siempre que en la factura se incluya “Recibí en metálico”. Una vez recibida esta documentación, se presenta también al R.A.F. para su fiscalización previa a la certificación. Una vez dado el visto bueno a la misma, se imprime la certificación firmada por Presidente, R.A.F. y Gerente. Una vez certificado el expediente, el beneficiario está en disposición de cobrar. Según los volúmenes de certificación, el Grupo presentará un informe cuatrimestral con todos los expedientes contratados y certificados, y en base a estos últimos el grupo recibirá los ingresos de los diferentes fondos.
La orden de pago al beneficiario deberá ir firmada por Presidente, R.A.F. y Tesorera. El equipo técnico deberá visitar todas las iniciativas una vez que se comunica el final de la obra y publicitar debidamente mediante una placa identificativa que incluye la procedencia de los fondos que subvencionarán la inversión. Asimismo, en virtud del tipo de inversión, se procederá a la revisión anual de la permanencia en el tiempo de las inversiones que estén obligadas a ello ( entendemos que quedan fuera inversiones del tipo de publicaciones, actividades de promoción turística que se celebran en unas determinadas fechas un único año…), así como de la permanencia del empleo comprometido en su caso. En cuanto a los expedientes del grupo, el procedimiento es exactamente el mismo, debe seguir los mismos pasos.
A todo ello debemos añadir la publicidad y libre concurrencia en todos los expedientes del grupo que así lo requieran. Un caso especial son los expedientes de gastos de funcionamiento del grupo. En el mes de diciembre se realiza la previsión de gastos de funcionamiento del año entrante, que se dividirá por cuatrimestres. En este expediente, de carácter cuatrimestral, se incluyen todos los gastos efectuados por el grupo para acometer la ejecución del programa. Como ya hemos dicho, los trámites son iguales a los de un expediente de solicitantes particulares. En este caso de expedientes del grupo, el presidente firma como beneficiario y el vicepresidente como representante del G.A.L. Las facturas, acompañadas de su justificante, se incluirán a cada expediente para añadir a la certificación.
Únicamente se pagan en metálico las facturas correspondientes a correos( en expedientes de gastos de funcionamiento) a través de una pequeña cantidad en caja que se recupera a la hora de cobrar el expediente. A la hora de cobrar la subvención referente a los expedientes, el grupo realiza una transferencia desde la cuenta del programa a la cuenta del propio grupo. Estas órdenes de pago deberán ir firmadas, como en el anterior caso, por Presidente, Tesorera y R.A.F.